Escena

Corte falla en contra de Joao Rosales; niegan anular testamento de Juanga

Se pretendía argumentar que Juan Gabriel estuvo ‘‘sin pleno goce y uso de sus facultades’’ al firmar el documento


  • 12
  • Marzo
    2019

De manera “contundente y definitiva”, la Suprema Corte de Justicia de la Nación negó la demanda de nulidad del testamento del cantante Juan Gabriel que interpuso Joao Rosales, informó el abogado Guillermo Pous Fernández.

El albacea de la sucesión testamentaria a bienes de Alberto Aguilera Valadez, verdadero nombre del fallecido intérprete y compositor mexicano, informó en un comunicado que con esta decisión se pone también fin a las especulaciones que señalaban al cantante como padre de Rosales.

También que quedan sin sustento las ‘‘múltiples y absurdas teorías’’ con las que se pretendía argumentar que Juan Gabriel estuvo coaccionado o ‘‘sin pleno goce y uso de sus facultades’’ al momento de tomar las decisiones sobre su herencia, e ‘‘incluso, de haber sido un documento falso’’.

Pous Fernández detalló que “el viernes 8 de marzo del año en curso fuimos notificados por el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de la resolución del amparo directo relacionado con la demanda de nulidad de testamento”.

Ello, ‘‘como consecuencia del juicio constitucional de derechos humanos y garantías interpuesta en la Ciudad de México por parte del señor Joao Rosales, quien igualmente se hace llamar Joao Gabriel Alberto Aguilera’’, abundó en el texto.

‘‘Como era de esperarse y en franco respeto al cumplimiento de la voluntad del maestro don Alberto Aguilera Valadez, conocido artísticamente como Juan Gabriel’’, el amparo fue negado ‘‘de manera definitiva y contundente’’, subrayó.

El litigante agradeció al equipo de abogados que participó en este caso y a los medios de comunicación que informaron de manera objetiva cada uno de los sucesos relacionados con él, además de resaltar que en México se respetan las instituciones y considerar que se evitó “una tropelía jurídica por intereses malintencionados”. (Con información de Notimex)


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