Salud

Asesoría laboral; empresa y empleado asegurados

Además de ayudar a que las personas recuperen su libertad y tranquilidad, la directora de Divorcios Expréss, Abogados Especialistas, Claudia Witron, nos compartió algunos datos que tanto empresas como empelados deben tomar en cuenta para protegerse


  • 05
  • Diciembre
    2018

Encontrar una balanza para asegurar tanto al empleado como a la empresa es sencillo, ya que sólo es cuestión de “caminar” conforme la ley dicta. Para entender más sobre el tema, la directora de Divorcios Expréss, Abogados Especialistas, Claudia Witron habló sobre diversos puntos que favorecen y protegen al trabajador y al jefe, o bien, empresa.

En el caso de la empresa, la especialista en el tema señaló que es importante hacer un diagnóstico laboral legal sobre la situación que vive esta diariamente, además de verificar que la papelería que manejan se encuentre en regla, esto para protegerse de cualquier acción legal que algún empleado quiera hacer. Además explicó que es necesario hacer una revisión de entrada y salida, así como el tipo de contratos que se hacen, si los hay por tiempos determinados o si hay renovaciones.

“Si se siguen los procesos como se debe, la empresa podrá protegerse, en caso del patrón, puede asegurar su patrimonio. Pero todo debe ser una balanza, es decir, que la empresa no trate de afectar al empleado”, explicó la licenciada.

Además de hablar sobre lo justo para ambas partes, y de compartir los derechos correspondientes para el trabajador, Witron exhortó sobre el despido injustificado en las mujeres embarazadas.

“Por derecho corresponden vacaciones, aguinaldo, pago de horas extra y el tiempo de comida. Pero otro punto muy importante referente a las mujeres empleadas, no las pueden correr por estar embarazadas, ya que esta no es una causa de despido justificado”, aseguró.

Protección para la empresa

La empresa tiene el derecho de verificar a quién está contratando (revisar si el empleado no tienen antecedentes penales).

-Revisar la situación económica de la persona (Pues la especialista dijo que de nada sirve contratar a una persona con diversas deudas, pues esto podría llegar a ser un problema de concentración en su trabajo)

-Realizar un estudio psicológico al empleado.

-Conocer perfectamente el perfil del empleado que están tratando antes de firmar el contrato.

-Firmar un contrato por 30 días de prueba; al día 31 es importante notificar al trabajador si el puesto es suyo( en caso de no haber firmado contrato y los 30 días vencieron, por ley el empleado obtiene la planta y podrá contar con todos los derechos de un empleado).

-Verificar toda la papelería del trabajador como el CURP, RFC y que el Número de Seguro Social esté correcto,

-Tener referencias de lugares donde ha trabajado, donde está viviendo, así como cuáles son sus familiares cercanos.

-No comentar nada sobre el despido de un trabajador, ya que si la noticia llega a él, puede llegar a hacer mal uso de la información que maneja.

-Confirmar conocimientos del empleado antes de su contratación.

-Es valido que la empresa vea si el postulante ha demandado a más de una empresa en la que ha laborado y ver las causas (es considerable si el demandante trabajó por años en una empresa y esta no fue justa con su liquidación).

-Firmar un contrato de confidencialidad donde se aclare no divulgar secretos, información o fórmulas.

-Protegerse con candados establecidos.

Protección para el empleado

-Tener hora de entrada y salida fija

-Contar con su hoja de alta del IMSS (de acuerdo a la licenciada, es respetable que la alta tarde cinco días en hacerse, pues se toman por cuestiones administrativos, pero no está permitido que el jefe le diga al empleado que son 30 días de prueba para darle seguro).

-Tener todas las prestaciones que marca la ley (aguinaldo, días de descanso, vacaciones, nómina, horas extra, alto en el IMSS e Infonavit).

-Todas las liquidaciones son en base a lo que gane, si fue despido son tres meses por el primer año, 20 días por cada años subsecuentes. También se dan los proporcionales de aguinaldo y vacaciones (si se cuenta con fondo de ahorro se tiene que liquidar).

-En caso de irse a juicio, la indemnización por ley son 3 meses por el primer año y 20 días por cada uno de los siguientes (de lo contrario con el 70 por ciento del monto total queda saldado. Pero es necesario pedir cita conciliatoria para las dos partes).

Prestaciones de ley

-Prima vacacional del .25.

-Prima de antigüedad.

-Vacaciones. Estas aumentan por año.

Perfil

Estudió la carrera de Derecho en la Universidad Autónoma de Nuevo León, obteniendo siempre primeros lugares. Terminó la carrera y comenzó la maestría en Derecho Mercantil. Y después de trabajar para diversas empresas y comercios de Morelos, en Monterrey, se fue a la Ciudad de México para trabajar en cuestiones de Gobierno Federal; posteriormente regresó a la ciudad para comenzar a impartir clases en la Facultad de Derecho. Finalmente con 29 años de experiencia comenzó con un despacho jurídico el cual se convirtió después en Divorcios Expréss, Abogados Especialistas, conformado por diversos abogados y donde ella es la directora.

Página web

www.abogadosespecialistaslaborales.com



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