Aprueba SCJN cateos policiacos sin orden judicial
La policía podrá inspeccionar a personas y vehículos sin una orden judicial o ministerial, pero sólo si existe una sospecha razonable o flagrancia
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Marzo
2018
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que la policía pueda inspeccionar a personas y vehículos sin la existencia de una orden judicial, previa al desarrollo de la investigación de un delito, siempre y cuando haya sospecha o flagrancia, toda vez que no podrán basarse en la apariencia física de un ciudadano.
Los ministros consideraron que la inspección de personas y vehículos es una revisión superficial, por ende no genera afectaciones graves a las personas y, de hacerlo, está sujeta a la revisión de un juez de control.
Los casos en los que se requiere el control de los jueces tienen que ver con técnicas de investigación, medidas cautelares o providencias que por su grado de afectación sobre los derechos humanos deban ser analizadas y aprobadas por la orden judicial, explicó el ministro Luis María Aguilar.
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