Nuevo León

Abre CME paquetes de elección regia

Con motivo de seis juicios de inconformidad realizados por el PRI y el PAN, la Comisión Municipal Electoral abrió 432 paquetes de la elección extraordinaria


  • 03
  • Enero
    2019

La Comisión Municipal Electoral inició la apertura de 432 paquetes de la elección extraordinaria de Monterrey, ello para cumplir con lo dispuesto por el Tribunal Electoral del Estado (TEE), con motivo a seis juicios de inconformidad realizados por el PRI y Acción Nacional.

Al filo de las 16:30 horas la Comisión citó la tarde del jueves a los representantes de dichos institutos políticos para abrir los paquetes y extraer las actas y documentos necesarios para remitirlos al tribunal, arrancando poco antes de las 17:00 horas, de acuerdo a lo señalado por personal del organismo, ya que la comisión no ha brindado información oficial.

La fuente indicó que por diversos juicios revisarán la documentación electoral, como actas de escrutinio y actas de cierre, donde acudieron representantes del PRI y el PAN para revisar el proceso.

Y detecta TEE por actos anticipados de campaña

El Tribunal Estatal Electoral (TEE) desechó tres recursos interpuestos previo a la Elección Extraordinaria del 23 de diciembre, donde el primer expediente fue la denuncia por el PRI, contra de Felipe de Jesús Cantú como candidato a la Alcaldía de Monterrey, por Acción Nacional, por la presunta comisión de actos anticipados de campaña para la Elección Extraordinaria debido a una publicación de Facebook de fecha 23 de noviembre.

Ante ello, el TEE resolvió la inexistencia de las infracciones denunciadas, tras estimarse que de las pruebas no se acredita el elemento subjetivo del acto anticipado de campaña.

Los magistrados consideraron que la propaganda denunciada no se advierte la inclusión de alguna palabra o expresión que de forma objetiva, manifiesta, abierta y sin ambigüedad denote la intención de llamar a votar a favor o en contra de una candidatura o partido político, se publicite una plataforma electoral o se posicione a alguien con el fin de obtener una candidatura.

Igualmente se revocó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias en contra del priista Adrián de la Garza Santos, debido a que no existe alguna prohibición para distribuir propaganda impresa en forma de tarjetas.

Pese a ello, en ésta se contemple un espacio para asentar datos, por lo que, mientras no se demuestre que ésta constituye la entrega de algún beneficio, no genera por sí misma la presunción de presión a los vota.

Asimismo, se determinó que la denuncia presentada por el representante propietario del PAN ante la Comisión Estatal Electoral (CEE), en contra del ciudadano y candidato independiente Pedro Alejo Rodríguez Martínez, por la probable comisión de actos anticipados de campaña derivado a la pinta de bardas con propagandas electoral alusiva a dicho candidato; esta no procedió debido a que no reúnen el elemento temporal y subjetivo necesarios para la acreditación de los presuntos actos anticipados de campaña.


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