Nacional

Corridas de toros no pueden ser patrimonio cultural: SCJN

Se concluyó que tampoco las peleas de gallos pueden ser consideradas, sin embargo, no hay ningún impedimento para su realización


  • 15
  • Junio
    2022

México.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunció este miércoles respecto a la demanda de una agrupación anti taurina y señaló que las corridas de toros no pueden ser consideradas como patrimonio cultural en los estados del país.

Con mayoría de cuatro votos y a propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, la Segunda sala amparó a una organización civil e invalidó el decreto emitido en Nayarit el 2019 en el cual se declaraba la tauromaquia y peleas de gallos como parte cultural.

“Cualquier práctica que suponga el maltrato, la tortura y la muerte de los animales sintientes, atento a meros fines de recreación o entretenimiento humano, no puede considerarse una expresión que pueda ser sujeta de protección especializada y reforzada, bajo los derechos culturales”, concluyó la SCJN.

No se prohíben

Durante la aprobación del proyecto este miércoles, el máximo tribunal del país aclaró que si bien no se consideran patrimonio cultural, estos eventos no pueden prohibirse.

Esta Sala única y expresamente considera que dichas actividades no son susceptibles de reconocimiento como patrimonio cultural inmaterial, sin hacer algún pronunciamiento que vaya más allá de tal conclusión”, explicó el ministro Pérez Dayán.

El decreto fue impugnado por la agrupación “Cuenta conmigo Tepic”, la cual expone que la fiesta brava no puede ser protegida como patrimonio cultural, pues se maltrata y causa la muerte a los animales provocando un daño al derecho a un medio ambiente sano.


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