Nacional

Funcionarios del IFT no pueden ganar más que AMLO

El IFT aún puede promover un recurso de reclamación para que no se vea afectada la remuneración de los servidores públicos.


  • 28
  • Diciembre
    2021

Por el momento, funcionarios del Instituto Federal de Telecomunicaciones no podrán recibir salarios superiores al del presidente Andrés Manuel López Obrador, ya que la Comisión de Receso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó otorgar una suspensión a la dependencia.

Sin embargo, el IFT aún puede promover un recurso de reclamación porque hay precedentes donde se ha concedido la suspensión a favor del INE e Inegi para que no se vea afectada la remuneración de los servidores públicos.

Asimismo, este recurso sería turnado a un ministro distinto a los integrantes de la comisión.

Por su parte, las integrantes de la Comisión de Receso, Margarita Ríos-Farjat y Yasmín Esquivel Mossa admitieron a trámite la controversia constitucional del IFT donde impugna el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022.

Sin embargo, cada una de las ministras votó de distinta forma, y debido al empate, se toma como voto de calidad el de la ministra con mayor antigüedad, que en este caso es Esquivel Mossa, quien se pronunció en contra de la suspensión.

Es por esto que el 21 de diciembre, la Comisión de Receso determinó negar la suspensión solicitada por el IFT respecto de las porciones impugnadas del Presupuesto de Egresos de la Federación que regulan las ganancias del Presidente de la República, así como de los servidores públicos del instituto.

Ante esto, la ministra Margarita Ríos-Farjat expresó que no comparte la determinación de su homóloga y recordó que por acuerdos del 10 y 13 de diciembre de este año, el ministro instructor otorgó la suspensión solicitada en las controversias constitucionales 209/2021 y 218/2021, promovidas por el INE y el Inegi, respectivamente.

Esta suspensión se dio por el efecto de que no se apliquen como parámetro en la determinación de las remuneraciones de los servidores públicos lo dispuesto en los diversos anexos del presupuesto impugnado y, en consecuencia, las percepciones se fijen exclusivamente conforme a lo establecido en los artículos 75, párrafo primero, y 127 de la Constitución.

Con información de Milenio.


Comentarios

publicidad
×