Finanzas

¿Trabajas por honorarios?… esto te interesa. Puedes reclamar algunas prestaciones a tu patrón

En el país más de 7 millones de personas trabajan sin contrato, pero van a un lugar fijo de trabajo por lo que podrían exigir oro tipo de contrato


  • 06
  • Marzo
    2020

En México alrededor de 7 millones de personas trabajan en empresas o gobierno con un contrato por honorarios, con lo cual no acceden a las prestaciones de ley (seguro social, aguinaldo, vacaciones).

Estas empresas y compañías apuestan a este tipo de contrato para evitar, principalmente, la antigüedad.

Sin embargo, muchos de estos negocios tienen una relación “directa” con el trabajador, lo que –según la ley de trabajo– entra en modo de planta y no de honorarios. Te explicamos.

La Secretaría del Trabajo indica que un empleado contratado por honorarios no es un trabajador subordinado, por lo que la parte contratante (empresa) no está obligada a garantizarle ningún derecho laboral.

Así que los empleados que presten su servicio de esta manera fungen como independientes y por sus tareas perciben una remuneración monetaria.

Se han identificado casos en los que empresas realizan contrataciones por honorarios, pero en realidad son “simulaciones”, es decir, se tiene una relación laboral de subordinación con el trabajador.

Aquí lo que se debe comprobar es que: tienes un horario fijo, recibes órdenes de un superior inmediato y realizas el trabajo en el lugar de adscripción fija. Si

Si el empleado pasa por lo anterior, tiene el derecho a reclamar prestaciones.

A lo que el trabajador puede acceder es: seguridad social, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, y utilidades.

La Secretaría del Trabajo ofrece de manera gratuita asesoría jurídica a empleados contratados por honorarios, con esto, buscan evitar que sean objeto de abusos de sus derechos laborales.

En el sitio oficial de la Profedet también se puede encontrar información para los trabajadores.

(Con información del Economista y Notimex)


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