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Luz verde para cerrar financieras sin capital y proteger ahorros

La Suprema Corte avaló que la CNBV revoque autorizaciones a sociedades financieras que no cumplan capital mínimo para proteger el ahorro público

Por Salvador Maceda | 22 Junio 2026

Las financieras populares que no tengan capital suficiente para responder por los ahorros que reciben podrán perder su permiso de operación, luego de que la Suprema Corte avaló la facultad de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para retirar autorizaciones cuando detecte incumplimientos en los fondos mínimos que deben mantener estas entidades.

A propuesta de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, la Corte validó que la autoridad financiera pueda actuar antes de que una sociedad financiera popular se vuelva un riesgo para los ahorros de la gente.

Con ese criterio el Pleno resolvió el amparo en revisión 125/2026, y negó a Financiera Auxi la protección solicitada contra el artículo 37, fracción V, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular. 

La decisión impacta directamente a las sociedades financieras populares, entidades que captan recursos de sectores amplios de la población, incluidos usuarios de menores ingresos o personas con acceso limitado a otros servicios financieros. Para la Corte, exigirles capital suficiente no es una carga administrativa, sino una medida para evitar insolvencias, preservar la estabilidad del sistema financiero y proteger el ahorro público.

Al presentar el proyecto, Esquivel sostuvo que la regla impugnada no le da a la autoridad un cheque en blanco. Por el contrario, explicó que “el artículo reclamado no autoriza a la comisión a actuar libremente ni a decidir discrecionalmente cuándo revocar una autorización”.

La sociedad que promovió el amparo alegaba que la CNBV tenía una facultad arbitraria para fijar los requerimientos de capitalización y que la ley no daba parámetros suficientes. La Corte rechazó ese argumento y concluyó que la medida está ligada a reglas financieras previamente establecidas, no a decisiones caprichosas de la autoridad.

En esa misma línea, la ministra ponente advirtió que “la actuación de la comisión se sustenta en parámetros verificables y cuantificables, lo que excluye cualquier posibilidad de arbitrariedad”.
El criterio también dejó claro que los niveles de capital no pueden regularse de forma rígida, porque dependen de riesgos financieros que cambian con el mercado. Exigir que todos los detalles técnicos estén escritos en la ley, señaló Esquivel, “pondría en riesgo la estabilidad del sistema y la protección del ahorro público”.

Con la resolución, la Corte sostuvo que la CNBV puede retirar el permiso a una sociedad financiera popular cuando incumpla los requerimientos de capitalización, siempre dentro del marco legal correspondiente. La decisión fue aprobada por unanimidad.

La Corte reservó al tribunal colegiado el análisis de temas de legalidad relacionados con el caso concreto, pero dejó firme que la autoridad financiera sí tiene respaldo constitucional para sacar del mercado a entidades que no cuenten con el capital necesario para operar sin poner en riesgo los ahorros de sus usuarios.

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