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Opinión

¡Aprobada la Ley Genius en EUA! ¿En qué consisten sus alcances?

Columna Invitada

Siguiendo el proceso de implementación del Nuevo Sistema Monetario, que desde 2023 fue anunciado por el Banco de Pagos Internacionales (BPI, en inglés Bank for International Settlements o BIS), se da otro paso relevante en Estados Unidos de Norteamérica al ser aprobada la Ley Genius por su Congreso (tanto por el Senado como por la Cámara de Representantes). 

Se trata de una nueva normatividad que regula la emisión, transmisión y custodia de dinero digital denominado monedas estables o stablecoins, lo cual impulsa los activos digitales como una alternativa adicional, en sustitución del dinero físico y en un ambiente de pagos más inmediatos, tanto locales como transfronterizos. 

Para adentrarnos y apreciar el alcance de la Ley Genius, promulgada por el presidente Donald Trump el 25 de julio de 2025, iniciaremos con algunos conceptos clave definidos en la propia ley. Activos digitales: cualquier representación digital de valor que se registra en un libro de contabilidad distribuido y protegido criptográficamente. Moneda estable o Stablecoin: activo digital que se utiliza, o está diseñado para utilizarse, como medio de pago o liquidación y cuyo emisor está obligado a convertir, canjear o recomprar por una cantidad fija de valor monetario. Se espera razonablemente que mantendrá un valor estable en relación con una cantidad fija.

Para efectos de la Ley Genius, una moneda nacional incluye cada una de las siguientes opciones: un billete de la Reserva Federal, dinero acreditado en una cuenta en un banco de la Reserva Federal, dinero emitido por un banco central extranjero, dinero emitido por una organización intergubernamental, en virtud de un acuerdo entre dos o más gobiernos. 

Un emisor de moneda estable de pago calificado a nivel federal es una entidad que sea: Institución Depositaria Asegurada o una Cooperativa de Crédito Asegurada. 

A nivel estatal, es una entidad legalmente establecida bajo las leyes de un Estado, aprobada por un regulador estatal, y que no sea un banco nacional no asegurado ni una institución depositaria no asegurada. 

Un emisor de moneda estable de pago permitido es una persona constituida en los Estados Unidos que es subsidiaria de una institución depositaria asegurada, aprobada para emitir monedas estables de pago y es un emisor calificado a nivel federal o un emisor calificado a nivel estatal. 

Un libro mayor distribuido es una tecnología en la que los datos se comparten a través de una red, creando un libro mayor digital público de transacciones verificadas entre los participantes, utilizando criptografía para mantener su integridad.

El regulador federal principal de monedas estables de pago puede ser: la agencia bancaria federal correspondiente, la Administración Nacional de Cooperativas de Crédito, la Corporación, el Contralor o La Junta; o Eel Contralor, en el caso de emisores calificados federales. 

Entendidas las definiciones anteriores, se puede apreciar que la nueva Ley regula la posible emisión, transferencia y custodia de monedas estables, a través de emisores certificados y autorizados, ya sea a nivel federal o estatal dentro de los Estados Unidos. 

Los emisores de monedas estables calificados deberán contar con una Firma de Contabilidad Pública Registrada, que deberá auditar de forma mensual la cantidad de reservas con las que cuente y el número de monedas en circulación de tal manera que las garantías de pago se mantengan. 

Uno de los puntos principales que establece la Ley, y que pone en desventaja a los emisores de monedas estables con respeto a los bancos, es que los emisores no podrán ofrecer intereses o rendimientos a sus clientes por el monto mantenido en monedas estables bajo su custodia. Tampoco podrán realizar préstamos amparados por los valores invertidos en sus activos digitales. 

No obstante, la principal ventaja es la obligación de mantener reservas suficientes que respalden el valor de monedas estables adquiridas por los clientes, así como la velocidad en que las transacciones de pago puedan concretarse. 

De acuerdo a la Sección 4 de la Ley, las emisoras calificadas de monedas estables deberán mantener, como requisito fundamental para su autorización, reservas  identificables que respalden las monedas estables de pago en circulación, en una  proporción de al menos 1 a 1, constituidas por: monedas  y  divisas  de  los  Estados  Unidos, fondos mantenidos como depósitos a la vista (u otros depósitos que puedan retirarse a solicitud en cualquier momento) o acciones  resguardadas  en  una  institución  depositaria  asegurada  (incluidas  las  sucursales  o  agentes  extranjeros),  así como letras,  pagarés  o  bonos  del  Tesoro con  un  vencimiento  restante  de  93  días  o  menos, o emitidos  con  un  vencimiento  de  93  días  o  menos. 

En el mercado de pagos de operaciones a crédito, tanto la compañía MasterCard como PayPal han difundido su interés por incorporar el uso de las monedas estables dentro de sus alternativas de pago. 

Otras compañías relacionadas con el comercio digital, a través de plataformas tecnológicas como Amazon, Walmart, Apple, Google y X, también han mostrado interés por desarrollar sus propias monedas estables para facilitar las transacciones de pagos con sus clientes cautivos, tanto pagos nacionales como internacionales. Esto deberá ser considerado en la regulación a través de reglamentos que eviten concentraciones de mercado por estas poderosas empresas tecnológicas. 

Contrario a lo que suele difundirse, la Ley Genius no tiene una aplicación inmediata. El plazo establecido para iniciar su funcionamiento es de 18 meses a partir de su promulgación, esto es, a partir de enero de 2027, o bien, 120 días después de que los principales reguladores federales de monedas estables de pago emitan un reglamento final que permita su implementación. 

Otras dos leyes fueron presentadas junto a la Ley Genius ante la Cámara de representantes: la Ley anti-CBDC, que busca impedir que la Reserva Federal emita una moneda digital propia (respaldada directamente); otra ley pretende regular el mercado de criptomonedas privadas, con un tratamiento diferente al de las monedas estables. 

Se espera que las dos leyes adicionales sean discutidas y votadas por el Senado en el mes de septiembre, para concluir su proceso legislativo, esto debido a que solo la Ley Genius inició su proceso de aprobación en el Senado. 

Resulta irónico que una tecnología como lo es blockchain, que creó las criptomonedas privadas como Bitcoin en rebelión contra la supervisión financiera, ahora busca, a través de las monedas estables, una legitimidad aprovechando las disposiciones y supervisión que alguna vez trató de escapar. 

Sucede lo mismo con las CDBC, que muestran resistencia en el Gobierno de Estados Unidos debido a disputas por su supervisión y control; mientras tanto, en China y otros países de Asia y Europa, avanzan a pasos agigantados con gran éxito.  

Lo que sí es un hecho, es que el Nuevo Sistema Monetario ya está operando.

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