Con la propuesta de reformas legislativas, algunas de ellas constitucionales, que el presidente de la Rep煤blica envi贸 al Congreso vuelve a resurgir la discusi贸n a帽eja sobre la conveniencia de eliminar o no los legisladores de representaci贸n proporcional. Creo que es un tema muy serio y justificar su anulaci贸n con razonamientos econ贸micos y de austeridad me parece pueril.
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Quiz谩 debamos hacer un poco de historia. Hasta antes de 1977 no exist铆an los legisladores de representaci贸n proporcional. El partido hegem贸nico ganaba todo, lo que anulaba la independencia del Poder Legislativo y lo convert铆a en un ap茅ndice del Ejecutivo.
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Varias son las razones que dieron origen a su instalaci贸n, algunas de ellas est谩n vigentes m谩s que nunca. Mencionar茅 solo tres:
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La primera es de 铆ndole t茅cnico y de eficiencia. Existen figuras valiosas por su experiencia, estudios y capacidad que sin duda aportan a elevar el nivel del debate y a encontrar soluciones legislativas viables y eficaces, pero que dif铆cilmente ganar铆an una elecci贸n de mayor铆a. Inteligencia no es sin贸nimo de carisma y la preparaci贸n exige alejarse de los reflectores.
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La segunda es por razones de pol铆tica y gobernabilidad. Si bien es cierto que ahora la competencia electoral es real, algunas fuerzas pol铆ticas representan peque帽os pero uniformes sectores de la sociedad que en el agregado suman millones. Muy pocas son las probabilidades de que obtengan un esca帽o, y si se les elimina esa forma institucional de expresi贸n, encontrar谩n otras menos ortodoxas para manifestarse.
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La tercera, y m谩s importante, es por causas de equidad y representatividad. Trastocar la Constituci贸n tiene consecuencias importantes en nuestra forma de vida, por lo que las mayor铆as calificadas deben de contener el consenso de dos o m谩s fuerzas pol铆ticas. Los plurinominales llevan la representaci贸n de una parte del sentir ciudadano y evitan la sobrerrepresentaci贸n de una sola fuerza.
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En el caso del Senado, aunque aplican las tres razones anteriores, su circunstancia es diferente. La misma existencia de senadores plurinominales atenta contra el esp铆ritu original de esa Asamblea legislativa: la representaci贸n igualitaria de las entidades federativas. Adem谩s, su forma de elecci贸n es garante de pluralidad y evita la sobrerrepresentaci贸n, ya que quien encabeza la f贸rmula que quede en segundo lugar tiene la curul asegurada como primera minor铆a.
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En conclusi贸n, en el Senado los pluris pueden ser prescindibles. En la C谩mara de Diputados, no. Ahora m谩s que nunca requerimos fortalecer nuestra democracia.