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¿Puede Cabeza de Vaca ser candidato en 2030? Explica Gobierno

Arturo Zaldívar explicó que Cabeza de Vaca no podría ser candidato presidencial en 2030 mientras permanezca sustraído de la acción de la justicia

Por Emmanuel Escamilla | 28 Agosto 2026

Francisco García Cabeza de Vaca no podría ser candidato presidencial en 2030 mientras se mantenga sustraído de la justicia, afirmó Arturo Zaldívar durante la conferencia matutina de este viernes.

El exministro de la Suprema Corte explicó que el artículo 38 de la Constitución establece los casos en los que una persona pierde temporalmente sus derechos político-electorales.

“Si esta persona tiene orden de aprehensión, no ha comparecido al juez, está en otro país, obviamente está sustraído de la acción de la justicia, entonces entraría en el supuesto constitucional de prófugo de la justicia y no podría ser candidato”, señaló.

¿Qué pasa con la orden de aprehensión?

Zaldívar aclaró que tener una orden de aprehensión no significa automáticamente perder el derecho a votar o ser votado.

El problema aparece cuando, además de existir la orden, la persona se sustrae de la acción de la justicia.

“El artículo 38 de la Constitución establece que se suspenden los derechos político-electorales”, explicó.

Entre los supuestos contemplados se encuentran estar en prisión preventiva, cumplir una sentencia condenatoria privativa de la libertad, tener una sentencia que suspenda expresamente los derechos políticos y ser prófugo de la justicia.

El caso de Cabeza de Vaca

La situación del exgobernador de Tamaulipas volvió al debate después de que manifestara su intención de buscar la Presidencia en 2030.

La orden de aprehensión en su contra se reactivó en febrero de 2026, luego de que fuera revocado el amparo que lo protegía.

De acuerdo con lo expuesto durante la conferencia, Cabeza de Vaca no se ha presentado ante el juez y actualmente reside en Texas, Estados Unidos.

También debe cumplir requisitos presidenciales

Además de no encontrarse en alguno de los supuestos que suspenden los derechos políticos, cualquier aspirante a la Presidencia debe cumplir con los requisitos constitucionales de elegibilidad.

Entre ellos está haber residido en México durante al menos 20 años y contar con residencia efectiva durante el año previo a la elección.

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