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Darán 10 años de prisión a quien venda piratería en 'mercaditos'
La reforma al artículo 433 del Código Penal Federal busca dar 10 años de prisión a comerciantes que violen los lineamientos de propiedad industrial
Por Carlos Nava | 01 Octubre 2026
Con 72 votos a favor y 34 en contra, el Senado de la República aprobó una reforma en materia penal y propiedad industrial para castigar la venta de piratería en aduanas y hasta en los mercados ambulantes o plazas.
La reforma al artículo 433 del Código Penal Federal busca dar 10 años de prisión a comerciantes que violen los lineamientos de propiedad industrial.
“Cuando derivado del ejercicio de las actividades inherentes de una autoridad competente, se ubiquen mercancías en establecimientos comerciales, locales fijos, puestos temporales o semifijos o en vías o lugares públicos, cuya procedencia tenga que verificarse, las diligencias se entenderán con la persona que sea encontrada en posesión de las mercancías, quien fungirá como responsable de estas", se lee en el escrito reformado.
Esta misma actualización a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial indica en el artículo 404 se impondrá de dos a seis años de prisión y multa de mil a cien mil UMAs a quien venda u ofrezca en venta, a escala comercial, a cualquier persona consumidora final en vías o en lugares públicos.
La sanción podría elevarse hasta los 10 años si se detecta actividad organizada en los puestos, como venta por medio digitales.
"Si la venta o la oferta en venta, a escala comercial, se realiza en establecimientos comerciales, locales fijos, puestos temporales o semifijos, de forma física o empleando medios electrónicos; o si dicha actividad se ejecuta de manera organizada, sistemática o reiterada, se impondrá la pena de cuatro a diez años de prisión y de dos mil a doscientas cincuenta mil UMAs, vigente al momento en que se cometa el ilícito”, dispone.
La reforma fue enviada a la Cámara de Diputados para su eventual aprobación.