Eliminan requisito de 5 años de concubinato para pensión del IMSS
La Suprema Corte de Justicia invalidó la obligación de acreditar cinco años de concubinato para acceder a la pensión por viudez del IMSS
- 04
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Junio
2026
Parejas en concubinato ya no tendrán que probar cinco años juntas para recibir pensión por viudez
Por Salvador Maceda
Las personas que vivieron en concubinato ya no estarán obligadas a demostrar cinco años de relación para acceder a una pensión por viudez del IMSS. La Corte invalidó ese requisito de la Ley del Seguro Social al considerar que imponía una barrera injustificada para quienes formaron una familia sin casarse.
La decisión permite que quienes soliciten la pensión acrediten su relación con pruebas de convivencia, apoyo mutuo y vínculo afectivo, sin quedar sujetos a un plazo mínimo. El criterio también abre la puerta a que las uniones de hecho sean reconocidas con la misma dignidad que el matrimonio cuando se trata de seguridad social.
Por mayoría de siete votos, el pleno declaró inválida la parte del artículo 130 de la Ley del Seguro Social, vigente desde 1995, que exigía a la persona concubina acreditar cinco años de vida en común con la persona asegurada antes de su muerte, o haber tenido hijos con ella, para poder recibir la pensión por viudez.
Un debate cerrado entre derechos, familia y costo para el IMSS
“No podemos tener una visión de la familia como la que se tenía a mediados del siglo pasado”, sostuvo el ministro Arístides Guerrero García al defender el proyecto.
El tema volvió a dividir a los ministros, aunque en abril pasado ya se había resuelto un caso similar relacionado con la ley del ISSSTE. El debate se prolongó por más de una hora y enfrentó dos posturas. Por un lado, quienes defendieron que el acceso a la pensión no puede depender de un plazo fijo. Por el otro, quienes advirtieron que eliminar ese requisito puede desdibujar la figura del concubinato y generar presión financiera para el IMSS.
La ministra Lenia Batres Guadarrama se opuso al fallo y sostuvo que quitar el plazo de cinco años debilita la propia idea de concubinato.
“Lo que estamos haciendo es destruir la figura de concubinato, si no nos gusta está bien, pero existe”, afirmó. También señaló que “un día de relación de una persona con otra no hace una relación que acredite y que forme derechos”.
Batres insistió en que la ampliación de derechos debe considerar los recursos disponibles, pues advirtió que la medida puede tener un impacto negativo en las finanzas del IMSS.
“Dice nuestra Constitución que los derechos deben reconocerse de manera progresiva y así debemos nosotros también asumirlo, pero esa progresividad necesita recursos y yo creo que no podemos desconocerlo”, agregó.
La ministra María Estela Ríos González también defendió el requisito de cinco años al considerar que ese periodo permite acreditar una relación estable y no solo la declaración de una persona que afirma haber vivido en concubinato.
“El concubinato es una relación de hecho, es una realidad y sí tiende a constituir familias”, dijo al explicar que, en términos formales, el estado civil solo distingue entre soltero o casado.
La postura generó respuestas dentro del Pleno. La ministra Loretta Ortiz sostuvo que negar la pensión por viudez por razones de plazo implica un trato discriminatorio contra las parejas que decidieron no casarse, pero construyeron una vida en común.
“Me enoja y me enoja mucho que se establezcan este tipo de afirmaciones. El concubinato se puede crear con una voluntad propia de dos personas que se quieren y que tienen la misma validez que los que desean casarse”, señaló.
Ortiz también afirmó que, en este tipo de casos, las razones económicas no pueden estar por encima de las personas.
El ministro Irving Espinosa Betanzos planteó que no existe una explicación clara para exigir exactamente cinco años de convivencia, cuando en otras entidades los plazos son menores. Mencionó que Jalisco, Querétaro, Durango y Chiapas exigen tres años; Ciudad de México, Aguascalientes, Tamaulipas y Zacatecas piden dos; mientras que Estado de México y Tabasco reconocen un año.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa respaldó el fallo al señalar que la norma afectaba derechos como la igualdad, la no discriminación, el libre desarrollo de la personalidad, la protección a la familia y la seguridad social.
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