SCJN prohibe doble pensión a trabajadores del IMSS
El tribunal aseguró que no se puede recibir pensión de la vejez, debido a que el beneficio de la jubilación ya lo tiene incorporado
- Por: Diana Leyva
- 26 Diciembre 2025, 13:14
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ratificó la prohibición de que un empleado del Instituto Mexicano del Seguro Social sea acreedor de dos pensiones.

El fallo impulsado por la Segunda Sala del Máximo Tribunal establece que la percepción simultánea es considerada como carácter "extralegal", por lo que se negó dicho beneficio.
Razón de ratificación de dicha prohibición
El tribunal aseguró que no se puede recibir pensión de la vejez, debido a que el beneficio de la jubilación ya lo tiene incorporado.
Los otros tres puntos que respaldan dicha estipulación es que el doble caracter no implica doble cobro, límites de cuantía y sustitución de benficios.

Dicha decisión fue establecida por el contrato colectivo de trabajo celebrado entre el IMSS y el Sindicato Nacional de Trabajadores, el cual otorga una protección más amplia que la prevista en la Ley del Seguro Social.
“La jubilación por años de servicios se integra con la pensión de vejez, más las ayudas asistenciales y/o asignaciones familiares, otorgando un beneficio superior” explicó la Corte.
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