Suprema Corte sitúa en el centro del debate la prisión preventiva
La SCJN admitió una petición para declarar impedida a la ministra Estela Ríos y atraerá un caso clave para definir límites a la prisión preventiva en México
- Por: Salvador Maceda
- 22 Octubre 2025, 18:29
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) volvió al centro del debate sobre el tema de la prisión preventiva.
Primero admitió una petición para declarar impedida a la ministra María Estela Ríos González, quien fue señalada de haber defendido la prisión preventiva oficiosa cuando era consejera jurídica de la Presidencia de la República. El caso está directamente vinculado con el cumplimiento de una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ordena a México eliminar esa figura por considerarla violatoria de los estándares internacionales.
Al mismo tiempo, el pleno ejerció su facultad de atracción para revisar los criterios de aplicación de la prisión preventiva justificada, con el objetivo de precisar los límites y condiciones bajo los cuales puede imponerse esta medida cautelar sin vulnerar derechos fundamentales.
Impedimento contra la ministra Estela Ríos: señalamientos por prejuzgar
La Presidencia de la SCJN admitió el trámite promovido por Daniel García Rodríguez, quien pasó 17 años en prisión sin sentencia, para declarar impedida a la ministra María Estela Ríos González como ponente del expediente que dará cumplimiento de la sentencia internacional 3/2023, relativo al caso García Rodríguez y otro vs México.
La sentencia del caso García Rodríguez y otro vs. México declara que nuestro país es responsable por violar derechos humanos en el proceso penal de los afectados, específicamente los de integridad personal, libertad personal, garantías judiciales, igualdad y protección judicial. La Corte IDH dictaminó que el arraigo y la prisión preventiva oficiosa son contrarios a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y ordenó a México modificar su Constitución para eliminar estas figuras.
La petición, turnada al presidente Hugo Aguilar Ortiz, sostiene que Ríos González habría prejuzgado en el tema cuando en 2022, como consejera jurídica de la Presidencia, solicitó al máximo tribunal mantener vigente la prisión preventiva oficiosa.
El abogado del caso, Simón Hernández León, argumentó que tanto Ríos González como la ministra Yasmín Esquivel Mossa realizaron “manifestaciones criminalizantes y subjetivas” que comprometen su imparcialidad.
“Ella, junto con el secretario de Gobernación, pidió a esta Suprema Corte mantener la prisión preventiva oficiosa. Eso ya es un prejuzgamiento de su parte, una posición tomada desde el Ejecutivo federal”, declaró Hernández León.
El presidente Aguilar Ortiz deberá elaborar un proyecto para determinar si la ministra está legalmente impedida. La admisión del trámite fue publicada en listas del alto tribunal.
La sentencia internacional que México aún no cumple
El asunto permanece pendiente de resolución en la SCJN, pese a que la ministra Margarita Ríos Farjat - en el anterior pleno - pidió discutirlo antes del cierre de su ciclo judicial. En julio, dirigió un oficio a la entonces presidenta Norma Lucía Piña Hernández, recordando que el expediente estaba listo desde hace meses y que su resolución no podía postergarse ante la obligación internacional del Estado.
La propuesta no prosperó. El Ejecutivo Federal solicitó posponer el debate hasta la llegada de la nueva integración del Poder Judicial, elegida por voto popular, lo que ha prolongado el cumplimiento de la sentencia internacional.
Facultad de atracción: revisión integral de la prisión preventiva justificada
Paralelamente, el Pleno de la SCJN decidió ejercer su facultad de atracción para analizar los criterios aplicables a la prisión preventiva justificada, aquella que no se impone de manera automática sino tras una valoración judicial.
El estudio permitirá al tribunal definir los parámetros de procedencia de esta medida cautelar conforme al artículo 168 del Código Nacional de Procedimientos Penales, con el propósito de equilibrar la necesidad de garantizar procesos penales efectivos y, al mismo tiempo, proteger los derechos fundamentales de los imputados.
La resolución que surja del análisis podría marcar nuevos lineamientos judiciales y sentar un precedente sobre la proporcionalidad de las medidas restrictivas de libertad en el sistema penal mexicano.
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