Nacional

TEPJF ordena a la asociación frenar uso de siglas 'CSP'

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó a la asociación Construyendo Sociedades de Paz abstenerse de utilizar el acrónimo 'CSP'

  • Por: Ángeles Núñez
  • 21 Febrero 2026, 13:03

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la asociación Construyendo Sociedades de Paz abstenerse de utilizar el acrónimo “CSP”, al coincidir con las siglas del nombre de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo.

Los magistrados emitieron la resolución como medida preventiva y, de manera paralela, instruyeron al Instituto Nacional Electoral (INE) pronunciarse de inmediato sobre la petición de la mandataria federal. Desde el 5 de febrero, Sheinbaum solicitó negar el registro como partido político nacional a la organización bajo esa denominación.

En un escrito de la Consejería Jurídica de la Presidencia se pidió aplicar medidas cautelares para suspender la solicitud de registro y la realización de la asamblea nacional constitutiva, programada para este sábado en un hotel del sur de la Ciudad de México, y realizar un análisis de fondo.

Argumentos de la Presidencia

La petición planteó negar la inscripción de “Construyendo Sociedades de Paz A.C.” como partido político nacional con el nombre “Construyendo Solidaridad y Paz (CSP)”, bajo dicha denominación y siglas.

En la víspera, el grupo informó que cambiará su nombre a “Partido PAZ”, con un emblema donde destacan esas siglas junto a la imagen de una paloma con rama de olivo.

La Sala Superior determinó que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE realizó un análisis limitado al señalar que no existe prohibición expresa para usar determinadas siglas, sin valorar la posible afectación alegada por la presidenta ni la eventual confusión ciudadana.

“El acuerdo impugnado está indebidamente fundado y motivado”, señala la sentencia aprobada por unanimidad del Pleno, al considerar que hubo una lectura restrictiva y parcial del caso.

Riesgo de ventaja indebida

Durante la sesión, la magistrada Mónica Soto afirmó que la autoridad electoral debió aplicar el principio de exhaustividad y analizar integralmente el caso, dado que la organización busca afiliaciones para obtener el registro.

Advirtió que usar las siglas vinculadas al nombre de la titular del Ejecutivo podría configurar un abuso del derecho y generar ventajas indebidas, afectar la equidad en la competencia política y distorsionar el ejercicio libre de los derechos ciudadanos.

El magistrado presidente Gilberto Batiz subrayó que la orden es preventiva y estará vigente mientras el INE analiza las medidas cautelares y resuelve de fondo la solicitud.

Por su parte, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón señaló que el Instituto deberá realizar la revisión integral correspondiente, con la intervención de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos y del Consejo General.

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