Tamaulipas

Explica magistrada criterios de rotación y separación de jueces

Respecto a la rotación de jueces, la magistrada aclaró que la medida es una necesidad operativa respaldada por la ley y avalada por criterios constitucionales

  • Por: Alfredo Uvalle
  • 05 Mayo 2026, 14:55

La magistrada presidenta del Supremo Tribunal de Justicia, Tania Gisela Contreras López, ofreció detalles sobre los procesos de rotación y separación de juzgadores y servidores públicos en la entidad, subrayando que estas acciones responden a necesidades del servicio y al fortalecimiento de la independencia judicial.

Respecto a la rotación de jueces, la magistrada explicó que esta medida es una necesidad operativa respaldada por la ley y avalada por criterios constitucionales.

Recientemente, la Sala Superior se pronunció sobre la facultad de los órganos jurisdiccionales para realizar cambios de distrito, incluso si el juzgador fue electo en una zona distinta.

Contreras López puntualizó dos razones fundamentales para estos movimientos:

Necesidad del servicio: Debido a que las cargas de trabajo varían significativamente entre cada distrito.

Independencia judicial: La rotación garantiza que el juzgador mantenga su autonomía. Este criterio ha sido determinado como constitucional y legal por la Sala Superior.

En el caso específico de Tamaulipas, donde el periodo previo a una nueva elección del Poder Judicial es de ocho años, la rotación se considera una herramienta clave para la eficiencia del sistema.

Actualmente, entre ocho y nueve juzgadores han sido trasladados a distritos distintos al que fueron electos.

Ante los cuestionamientos sobre la remoción de jueces, la magistrada presidenta fue enfática al precisar que no se han realizado remociones, sino separaciones temporales de funciones.

Jueces: Se ha separado únicamente a una titular de juzgado, medida que se mantiene hasta que se resuelva el procedimiento administrativo correspondiente.

Aclaró que, si bien se han separado otros servidores públicos de distintos rangos por no estar en condiciones de desarrollar su función, el caso de los juzgadores es limitado y bajo procedimientos estrictamente regulados por el Tribunal de Disciplina.

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