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Frenan uso de demandas y amparos para ejercer violencia vicaria

Ahora, las denuncias, demandas y amparos no pueden utilizarse para separar a una madre de sus hijos ni como mecanismo de violencia institucional en conflictos

Por Salvador Maceda | 01 Julio 2026

Las denuncias, demandas y amparos ya no podrán ser utilizados como instrumentos de presión, castigo o control contra mujeres en disputas familiares, pues la Suprema Corte reconoció por primera vez que el sistema judicial puede ser usado para ejercer violencia vicaria cuando un padre recurre de manera abusiva a procesos legales para separar a una madre de sus hijos o para evadir responsabilidades.

El tribunal pleno estableció parámetros para que jueces y juezas detecten cuándo una controversia familiar está siendo utilizada como mecanismo de agresión y no como una vía legítima de defensa. Este razonamiento sentado ordena proteger a niñas, niños y adolescentes, al advertir que ellos no solo quedan en medio del conflicto, sino que pueden convertirse en víctimas directas de violencia física, psicológica, económica o afectiva.

El fallo fue aprobado por unanimidad a partir de un proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, en un caso de violencia familiar en el que un hombre recurrió de forma desproporcionada al sistema legal para separar a un adolescente de su madre.

“Las autoridades jurisdiccionales deben tener especial cuidado y diligencia en el dictado y cumplimiento de sus determinaciones para no reproducir la violencia que ya se vive y sumar alguna violencia institucional”, sostuvo la ministra Ortiz Ahlf al defender el proyecto.

Durante la discusión, la ministra Sara Irene Herrerías advirtió que los conflictos entre adultos no pueden terminar afectando directamente los derechos de los menores. “La separación del niño o la niña de su padre o de su madre es la mayor violación a los derechos humanos de ellos, por pleitos que les son ajenos”, señaló.

El asunto llegó al máximo tribunal mediante un amparo directo en revisión promovido por el padre del menor, quien impugnó partes de los artículos 6 y 9 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

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