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Nacional

Coincide TEPJF con el INE de no suspender 'mañaneras' de AMLO

El magistrado Felipe de la Mata determinó que las conferencias no son ilícitas, por lo que no se puede ordenar la suspensión de su difusión


  • 25
  • Abril
    2024

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la negativa de no suspender las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador, corroborando así la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE).

El Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido Acción Nacional (PAN) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) impugnaron la decisión del INE de no cancelar las 'mañaneras', ya que señalaron que las declaraciones de López Obrador vulneran los principios de equidad en el proceso electoral.

"Inconformes con lo anterior, los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) impugnaron el acuerdo al considerar que, en su concepto, la solicitud de suspensión no fue analizada de manera exhaustiva desde una perspectiva contextual y de integridad electoral", indicó el TEPJF.

De esta manera, los magistrados consideraron que no fueron suficientes los argumentos del PRI, el PAN y el PRD, por lo que la se seguirán realizando las conferencias matutinas del mandatario nacional.

El magistrado Felipe de la Mata determinó que las conferencias del titular del Ejecutivo no son ilícitas, por lo que no se puede ordenar la suspensión generalizada de la difusión de las mismas.

"La Sala Superior, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, determinó que conforme a la doctrina constitucional que se ha desarrollado sobre las conferencias matutinas del presidente de la República, en sí mismas, no son ilícitas, por lo que no puede ordenarse la suspensión generalizada de su difusión".

Además, el pleno indicó que "son actos gubernamentales de comunicación social que, por su naturaleza intrínseca, no contituyen la emisión de propaganda gubernamental prohibida por los artículos 41 y 134 de la Constitución federal".

También expresaron que la cancelación de las 'mañaneras' conllevaría a una censura previa inadmisible en una sociedad democrática.


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