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Libera Corte de ISR a herencias de las Afore
Beneficiarios de trabajadores fallecidos podrán recibir recursos de sus cuentas sin pagar ISR, tras el criterio obligatorio aprobado por la Suprema Corte
Por El Horizonte | 10 Septiembre 2026
Los beneficiarios que reciban recursos de la Afore de un trabajador fallecido no tendrán que pagar Impuesto Sobre la Renta (ISR), luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció como criterio obligatorio que estos recursos están exentos al ser equiparables a una herencia o legado.
La resolución, aprobada por seis votos contra tres a partir de un proyecto del ministro Giovanni Figueroa Mejía, derivó de una contradicción de criterios entre tribunales.
El ponente sostuvo que los recursos pertenecían al trabajador y fueron acumulados durante su vida laboral, por lo que la designación de un beneficiario cumple una función materialmente análoga a la de un legado, conforme a la Ley del ISR y su reglamento.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa respaldó el criterio al señalar que el mecanismo de entrega no debe colocar a los beneficiarios en una situación fiscal menos favorable.
El fallo generó un nuevo choque entre integrantes del Pleno, luego de que en julio la mayoría rechazara un proyecto de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra que proponía gravar estos recursos.
En esta ocasión, Herrerías defendió nuevamente el cobro y afirmó que equipararlos a un legado crea una exención fiscal que no fue prevista por el legislador.
Lenia Batres Guadarrama también votó en contra y cuestionó que el tribunal tenga facultades para establecer exenciones fiscales.
Junto con Herrerías y Batres, la ministra María Estela Ríos votó contra la nueva jurisprudencia.
El criterio aprobado establece que la entrega de los recursos a una persona beneficiaria, con motivo del fallecimiento del trabajador, es materialmente equiparable a un legado y, por ello, queda comprendida dentro de los supuestos de exención previstos en la legislación fiscal.