Nuevo León

Publican decreto de cubrebocas; ya es obligatorio en Nuevo León

Al entrar en vigor este decreto, los municipios tendrán un plazo de 10 días naturales para establecer en sus reglamentos el uso obligatorio de cubrebocas


  • 10
  • Febrero
    2021

A 10 días de que el Congreso del estado aprobó modificaciones a la Ley de Salud para arrestar o multar a quién no porte cubrebocas en espacios públicos, el gobierno del estado publicó el decreto de esta medida en el Periódico Oficial del estado.

El decreto señala que el cubrebocas será obligatorio en vías y espacios públicos o de uso común, en el interior de establecimientos ya sean de comercio, industria o servicios, centros de trabajo de cualquier ramo, centros comerciales, entre otros.

"Durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria declarada por la autoridad competente, provocada por una enfermedad contagiosa, la autoridad sanitaria podrá declarar obligatorio el uso del cubrebocas para todas las personas.

"La violación a los preceptos de este articulo previo apercibimiento, será sancionada administrativamente por la autoridad sanitaria del estado con auxilio o por medio de la fuerza pública y por los municipios en forma concurrente en términos de esta ley y los reglamentos municipales", se lee en el decreto.

Para aplicar estas acciones, las autoridades del estado y de los municipios se coordinarán para cumplir las determinaciones que se establezcan en la ley y en su caso sancionar.

Asimismo, el decreto señala que se sancionará con multa equivalente de hasta 5 veces el valor diario de la unidad de medida, lo que sería un total de $434 pesos; un arresto administrativo hasta por 36 horas; o con trabajo comunitario hasta por 8 horas. 

Al entrar en vigor el decreto, los ayuntamientos tendrán un plazo de 10 días naturales para que establezcan en sus reglamentos de Policía y Buen Gobierno o de Justicia Cívica el uso obligatorio del cubreboca por parte de la población y la correspondiente sanción.


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