Empleados de Pemex, CFE y SAT podrán portar armas, avala Senado
El Senado avaló por unanimidad una reforma a la Ley de Armas de Fuego que permitirá a órganos autónomos y empresas públicas portar armas por seguridad
- 30
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Abril
2025
En una decisión unánime, el pleno del Senado de la República aprobó una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos que autoriza a empleados de empresas públicas, órganos autónomos y personas físicas o morales a portar armas de fuego para funciones de seguridad.
El dictamen fue turnado al Ejecutivo para su publicación y entrada en vigor.
La reforma, impulsada originalmente por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, contempla que organismos como Pemex, la CFE, el Banco de México, la Casa de Moneda, el SAT y el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) podrán contar con personal armado, siempre que cumplan con los lineamientos y permisos establecidos por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
📌El Senado aprobó reformar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para establecer un nuevo marco jurídico de equipamiento y accesorios, que procure la cultura de la paz y el desarme. pic.twitter.com/JXz0P1zYaN
— Senado de México (@senadomexicano) April 30, 2025
Seguridad nacional como prioridad
El dictamen argumenta que “en México es prioridad la seguridad de las áreas estratégicas y la seguridad pública”, por lo que se justifica el uso de armas en instituciones que resguardan bienes y operaciones sensibles del Estado.
La modificación al artículo 24, fracción II de la ley establece que podrán portar armas quienes, “por sus funciones de carácter público, justifiquen su necesidad”, en concordancia con el reglamento correspondiente.
Nuevas restricciones y penas más severas
Además de autorizar la portación de armas, la reforma introduce controles más estrictos sobre el uso de armamento, calibres restringidos y nuevos supuestos de sanción.
Se incluyen como de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas calibres como el 5.7 x 28 mm, .357 magnum y el 5.56 mm, así como el uso de silenciadores, miras térmicas y visores nocturnos.
El dictamen también endurece las penas para delitos relacionados con el tráfico de armas. Quienes introduzcan ilegalmente armamento o aditamentos prohibidos al país enfrentarán entre 7 y 30 años de prisión, además de multas que podrían superar los dos mil UMA.
Impacto en actividades civiles y deportivas
La reforma también aborda prácticas como la charrería y la cacería, permitiendo el uso simbólico de revólveres de mayor calibre, siempre descargados, como parte del atuendo tradicional.
En contraste, se prohíbe la fabricación y uso de dispositivos que conviertan armas semiautomáticas en automáticas, incluyendo los elaborados con tecnología 3D o de forma artesanal.
También se establecen regulaciones especiales para empresas de seguridad privada, que deberán cumplir con mayores requisitos para justificar la posesión y portación de armas.
Finalmente, se incluye una disposición que obliga a designar a una persona responsable de las armas registradas, en caso de fallecimiento o ausencia del titular, con el fin de evitar desvíos o usos indebidos.
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