SCJN limita a estados y reserva a la ASF revisión de recursos
El máximo tribunal invalidó auditorías locales sobre dinero federal en municipios y fijó que solo la Auditoría Superior de la Federación puede fiscalizarlos
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Abril
2026
La Suprema Corte de Justicia de la Nación cerró el paso a la fiscalización local de dinero federal en los municipios y dejó claro que esa revisión corresponde a la Auditoría Superior de la Federación. Con ese criterio, el Pleno invalidó una parte de la auditoría realizada por el Congreso de Tlaxcala al municipio de Contla de Juan Cuamatzi, donde se habían reportado observaciones por más de $8,3 millones de pesos ligados a recursos de origen federal.
La decisión fue aprobada por unanimidad al resolver la controversia constitucional 245/2025, promovida por el propio ayuntamiento. El proyecto, elaborado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, concluyó que tanto el Congreso local como su Órgano de Fiscalización Superior rebasaron sus atribuciones al revisar fondos federales sin un convenio de coordinación con la ASF, como lo exige la Constitución.
El criterio respaldado por la Corte establece que la revisión de recursos públicos federales ejercidos por cualquier autoridad, incluidos los municipios, está reservada al órgano fiscalizador federal. En cambio, las entidades de control de los congresos estatales solo pueden revisar dinero de carácter local.
La parte anulada del informe de fiscalización correspondía al periodo del 1 de julio al 31 de diciembre de 2024. En esa revisión se habían detectado presuntas irregularidades por $8,372,929 pesos, vinculadas a fondos como el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y participaciones federales.
La resolución no cancela por completo la actuación de las autoridades tlaxcaltecas. La ministra ponente precisó que, si el Congreso estatal emite un nuevo decreto sobre la cuenta pública del municipio correspondiente al ejercicio fiscal 2024, deberá hacerlo bajo los lineamientos fijados en esta sentencia. También dejó a salvo las facultades del Órgano de Fiscalización Superior de Tlaxcala para realizar indagatorias y promover las acciones que considere procedentes dentro de su ámbito legal.
El fallo de la Corte aparece además en medio de otro litigio aún pendiente en el máximo tribunal. Se trata del caso entre la Auditoría Superior del Estado de Guerrero y el Congreso local contra el municipio de Acapulco, gobernado por Abelina López Rodríguez, después de que se le atribuyeran irregularidades en la comprobación de $898 millones de pesos del FAISMUN.
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