Vence plazo de la Ley Silla y comienzan sanciones para empresas
La obligación no surgió en 2025, sino desde diciembre de 2024, aunque muchas organizaciones optaron por postergar su implementación
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Diciembre
2025
Este 14 de diciembre de 2025 no es una fecha simbólica ni una recomendación administrativa. Se trata del punto final al plazo otorgado por el Transitorio Segundo de la reforma laboral publicada en diciembre de 2024, mediante la cual se estableció la obligación de cumplir con la llamada Ley Silla. A partir de ese día, cualquier incumplimiento deja de ser una omisión tolerada y se convierte en un riesgo jurídico real para las empresas.
Desde su entrada en vigor, la reforma impuso cambios concretos: adaptar la operación diaria, modificar la organización interna y actualizar los Reglamentos Interiores de Trabajo. La obligación no surgió en 2025, sino desde diciembre de 2024, aunque muchas organizaciones optaron por postergar su implementación, confiando en que la supervisión tardaría en llegar.
¿Por qué el 14 de diciembre marca un antes y un después?
La fecha límite no fue fijada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), sino directamente por el legislador. El vencimiento del plazo implica que, a partir de ese momento, la falta de sillas adecuadas, de alternancia postural o de descansos programados puede traducirse en responsabilidad legal y económica.
La Ley Silla obliga a los centros de trabajo a proporcionar sillas ergonómicas, permitir que el personal alterne entre estar de pie y sentado, establecer pausas posturales y prevenir riesgos derivados de la bipedestación prolongada. No cumplir ya no es una zona gris: es una infracción clara.
Lineamientos técnicos que fortalecen la inspección laboral

El 17 de julio de 2025, la STPS publicó los lineamientos técnicos que complementan la reforma. Aunque no tienen el rango de Norma Oficial Mexicana, sí son disposiciones administrativas obligatorias, pues desarrollan el contenido de la ley y definen cómo se evalúa su cumplimiento.
Estos lineamientos establecen criterios precisos: qué se considera bipedestación prolongada, cuáles son las características mínimas de una silla, cómo documentar un descanso postural y qué elementos debe incluir un diagnóstico ergonómico. Con ello, la inspección dejó de ser discrecional y se volvió técnica, documentada y exigible.
Facultades de la STPS y aumento del riesgo de sanciones
La STPS cuenta con facultades de inspección desde diciembre de 2024, sustentadas en los artículos 540 a 542 de la Ley Federal del Trabajo. Estas atribuciones no dependen de los lineamientos, pero a partir de julio de 2025 la autoridad dispone de un marco evaluativo mucho más completo.
Para las empresas, esto significa un mayor riesgo de sanción. La autoridad ya no evalúa con criterios generales, sino con parámetros definidos, lo que reduce el margen de interpretación y eleva la probabilidad de observaciones formales durante una visita.
Multas aplicables por incumplir la Ley Silla
El incumplimiento no se sanciona con montos menores. La conducta se encuadra en el artículo 994, fracción V de la LFT, que prevé multas de 250 a 5,000 UMA por no cumplir medidas de seguridad, higiene y prevención de riesgos de trabajo. En caso de reincidencia, los montos se duplican.
Además, si el patrón obstaculiza la inspección, el artículo 1004-A establece otra multa, también de 250 a 5,000 UMA, independiente de la anterior. En centros de trabajo con muchos empleados en bipedestación prolongada, una sola inspección negativa puede generar consecuencias económicas relevantes.
Reglamento Interior de Trabajo: vigente, pero desactualizado
Los Reglamentos Interiores de Trabajo depositados ante las antiguas Juntas de Conciliación siguen siendo válidos, ya que fueron emitidos por autoridad competente. El problema no es su vigencia, sino que la mayoría no incorpora las obligaciones de la Ley Silla.
Cualquier modificación debe registrarse ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), hoy la única autoridad facultada para validar su contenido. Sin ese registro, las nuevas reglas internas carecen de eficacia normativa.
Qué deben tener listas las empresas antes del plazo final
Las empresas responsables deben contar con un diagnóstico ergonómico formal, sillas adecuadas según las tareas, procesos que permitan alternancia postural efectiva y personal capacitado en pausas activas y uso correcto del mobiliario.
También es clave haber actualizado y registrado el RIT, documentado acciones con evidencia fotográfica y listas de verificación, y preparado su estructura interna para inspecciones técnicas más estrictas. Cumplir no solo evita multas: reduce riesgos laborales y fortalece la prevención en el centro de trabajo.
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