Acusan que las apps de reparto incurren en ‘publicidad engañosa’
Legisladores y expertos advirtieron que Uber Eats, Rappi y DiDi Food podrían incurrir en publicidad engañosa al cobrar sobrecostos no informados en productos
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Octubre
2025
Al no informar a sus usuarios que el precio del producto está más inflado que como se vende directamente en los restaurantes, las aplicaciones de reparto de comida incurren en una posible publicidad engañosa, aseguraron legisladores, expertos, usuarios e incluso dueños de restaurantes.
Y es que las apps como Uber Eats, DiDi Food y Rappi, aparte de cobrar comisión por uso de plataforma, envío y propina, aplican un “sobrecosto” directo en los alimentos, lo que en algunos casos encarece todo el servicio entre 30% y hasta 100 por ciento.
Pero al consumidor nunca se le informa que prácticamente le van a “revender” la comida, por lo que, a decir de legisladores federales como el senador Waldo Fernández, se incurre en “publicidad engañosa”.
Tal situación impacta negativamente tanto en el consumidor como en el mismo establecimiento porque el primero absorbe el costo adicional y al segundo se le genera la mala imagen de que son ellos quienes ofrecen precios elevados.
Lo peor es que ese costo adicional sobre la comida no se les entrega a los restaurantes, sino que la misma app se lo queda.

Génesis Álvarez, gerente del restaurante Antojitos Doña Anita, ubicado en Plaza Andenes, de Guadalupe, señaló que las apps suelen argumentar que ese cobro adicional es para el pago de impuestos y utilidades para la plataforma.
La publicidad engañosa es una práctica comercial prohibida en la Ley Federal del Consumidor, ya que, al difundirse, por parte del proveedor, información inexacta, exagerada, parcial, incompleta o tendenciosa, se lleva al comprador a un error que le provoca perjuicio económico.
Fernández indicó que esta situación debe revisarse e incluso establecerse en la Ley del Consumidor.
Por eso afirmó que se debe conocer a detalle todo lo que cobran y verificar con la Secretaría de Economía si es legal que el producto se “revenda”.
“Muy probablemente estemos ante una publicidad engañosa porque tú piensas que estás pagando el flete, pero no sabes que estás pagando al doble el producto”, indicó el senador.
Julio César Arteaga, quien fue director de la Facultad de Economía de la UANL, señaló que las apps tienen libertad de establecer el precio de sus servicios, incluso del producto que entregan, porque se rigen por la Ley de la Oferta y la Demanda, pero que tienen que ser muy transparentes para que el consumidor tenga toda la información para tomar decisión respecto a su compra.
De no ser así, dijo, se caería en una práctica desleal que no le beneficia más que al proveedor.
“Sí tiene que ser muy claro en términos de cuál es el precio del producto inicial y final, cuál es el costo del envío, cuál es el costo de la solicitud; mientras esté ese desglose, yo no le veo ningún problema, pero de lo contrario, pues sí, el consumidor sale afectado”, indicó.
El pasado 29 de septiembre, El Horizonte publicó que las aplicaciones de reparto de comida duplicaban el costo de los alimentos, además de que no solo cobran comisiones de servicio, sino que “revenden” la comida.
Y es que hay casos como el de cuatro hamburguesas en Burger King, donde el precio en tienda es de $436 pesos, pero suben a $916 pesos en Rappi, que es un aumento de 110% tan solo en el producto, y ya con todos los cobros sube a $1,046, que es un 138% de incremento.
El Horizonte realizó un nuevo ejercicio comparando el precio en tienda de una hamburguesa de Carl's Junior con el precio del producto en apps y el cobro final.
Una hamburguesa Super Star con queso en combo cuesta en el restaurante de Garza Sada y Alfonso Reyes $211 pesos; en la app de Rappi, el puro producto sube a $245 pesos, lo que es un aumento de 17%, y ya con el cobro de envío y uso de app queda en $280.80 pesos, lo que es un 33% de aumento.
En el caso de Uber Eats, el puro combo también sale en $245 pesos, pero ya con el envío, y el servicio de app se eleva a $278.70 pesos, que es un aumento de 32 por ciento.
'Nosotros no le aumentamos'
Génesis Álvarez, gerente de Antojitos Doña Anita, indicó que los clientes les han reclamado porque el precio del producto, cuando se los llevan a algún domicilio, a veces se duplica, pero señaló que les han aclarado que eso lo hace la plataforma.
“Nosotros tratamos de dar precios justos, pero quienes lo suben son los de Uber Eats y Didi Food; luego ellos nos dicen que ese dinero es para pagar impuestos, y aparte a nosotros también nos cobran comisión del producto y quienes terminan ganando mucho más que nosotros, pues son ellos”, indicó.
Señaló que las apps sí han sido de beneficio para el comercio, pero también resultan costosas para el establecimiento y para el comensal.

¿Qué es la publicidad engañosa?
El artículo 32 de la Ley Federal del Consumidor prohíbe a los proveedores la difusión de publicidad engañosa.
A estos se les impone el deber de difundir publicidad veraz, comprobable y exenta de textos, diálogos, sonidos, imágenes, marcas, denominaciones de origen y otras descripciones que induzcan o puedan inducir a error o confusión, por engañosas o abusivas.
“El propio artículo 32 define a la publicidad engañosa como aquella que refiere características o información de los bienes, productos o servicios que, pudiendo o no ser verdadera, inducen al error por la forma inexacta, falsa, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa en que se presenta".
“En Profeco compartimos la opinión de que la información precontractual que se proporciona a través de la publicidad debe contribuir a elevar la cultura de consumo entre la población".
“Por ello, es imprescindible que la publicidad sea comprobable y respete la buena fe del consumidor-destinatario de la misma, dotándole de elementos objetivos que le ayuden a tomar una decisión racional de consumo”, indica un artículo de la dependencia.
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