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Nacional

SCJN fija ruta obligatoria para juzgar crímenes contra defensoras

Revoca amparo y ordena juzgar con perspectiva de género e interseccionalidad el caso Uruchurtu, para combatir impunidad en desapariciones


  • 10
  • Febrero
    2026

La Suprema Corte de Justicia de la Nación trazó la ruta obligatoria para jueces que resuelvan casos de crímenes de lesa humanidad contra defensoras de derechos humanos que denunciaron o confrontaron entornos de corrupción o abusos de poder.

El criterio del pleno fue sentado al dejar sin efecto la sentencia que absolvió y permitió la liberación de Jhoan Ricardo Matus Marcial, exconsejero jurídico del Ayuntamiento de Asunción Nochixtlán, Oaxaca, quien había recibido una condena de 50 años de prisión por la desaparición forzada de la activista Claudia Uruchurtu.

Con ocho votos a favor y sin disidencias, la Corte avaló este lunes el proyecto del ministro Arístides Guerrero García, promovido por la familia de Uruchurtu, para combatir la liberación del exfuncionario a quien la Fiscalía de Oaxaca señala —junto con la entonces alcaldesa Lizbeth Victoria Huerta y otras personas— como responsable de la desaparición ocurrida el 27 de marzo de 2021, sin que hasta ahora se conozca el paradero de la activista.

Matus Marcial recuperó la libertad por determinación de un tribunal colegiado que, el 21 de agosto del año pasado, le concedió un amparo al estimar que la evidencia no era suficiente más allá de la declaración de un testigo. La Corte, sin embargo, revocó esa decisión al advertir que se omitió analizar el riesgo particular que enfrentan mujeres activistas en entornos marcados por corrupción y abuso de poder, y subrayó que juzgar con perspectiva de género e interseccionalidad no es opcional, sino una exigencia.

“Se propone revocar la sentencia impugnada y devolver el asunto al tribunal colegiado para que realice un escrutinio judicial especializado con perspectiva de género e interseccionalidad, y emita de esta manera una nueva decisión conforme a derecho”, expuso el ponente.

Durante la discusión, la ministra Yasmín Esquivel precisó que incorporar el enfoque de género no significa inclinar la balanza para condenar, sino fortalecer el análisis judicial sin alterar las reglas de prueba. “Y quiero ser clara en este punto: incorporar la perspectiva de género e interseccionalidad no equivale a bajar el estándar probatorio ni anular la presunción de inocencia. En materia penal, el estándar de prueba se mantiene intacto. Lo que cambia en este tipo de casos es la calidad del razonamiento, pues exige una valoración integral y contextual para determinar si se alcanza o no este estándar”, sostuvo.

El ministro Giovanni Figueroa afirmó que el criterio de la Corte envía una señal frontal frente a la impunidad en delitos de lesa humanidad, al establecer cómo deben revisarse y ponderarse los indicios cuando las víctimas son personas defensoras de derechos humanos.

A su vez, la ministra Loretta Ortiz Ahlf recordó que la víctima está registrada en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, que contabiliza 133 mil 518 casos, y señaló que, ante esa magnitud, la “nueva Corte” y el Estado deben aplicar los estándares más altos, nacionales e internacionales, para que la justicia sea efectiva. 

La desaparición

La noche del 26 de marzo de 2021, tras una protesta frente al Ayuntamiento de un municipio de Oaxaca contra la presidenta municipal por una detención arbitraria, Claudia Uruchurtu fue vista por última vez en la plaza central. En ese punto, fue obligada a subir a una camioneta.

Según lo expuesto en el caso, esa misma noche la llevaron a un paraje, la asesinaron y ocultaron su cuerpo. Al día siguiente, varios de los implicados volvieron para moverlo a un lugar no precisado y, hasta hoy, se desconoce su paradero. Por estos hechos, Jhoan Ricardo Matus fue procesado y condenado en marzo de 2023 por desaparición forzada, y en mayo de ese año la sentencia fue confirmada y aumentada a 50 años de prisión.


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