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Finanzas

Se oficializa aplicación de aranceles a productos chinos

Aunque las cuotas se aplicarán a países con los que no se tiene tratado comercial, China se posiciona como uno de los más afectados con la medida


  • 30
  • Diciembre
    2025

Es oficial: a partir del 1 de enero de 2026, México aplicará una tasa máxima arancelaria del 35% a los productos importados desde países con los que no se tenga un acuerdo de libre comercio, medida que impactará principalmente a la mercancía proveniente de China. 

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó este 29 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se modifican diversas fracciones arancelarias de la tarifa contenida en la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, estableciendo un nuevo marco proteccionista que busca proteger la industria nacional ante la competencia asiática. 

Las tasas arancelarias serán para más de 1,400 productos incluidos en el decreto; van desde un mínimo del 10% hasta un máximo del 35%, creando un esquema gradual que castiga a productos que compiten directamente con manufacturas mexicanas. 

El decreto señaló que, con el objetivo de garantizar el abasto de insumos en México en condiciones competitivas, la Secretaría de Economía podrá implementar mecanismos e instrumentos jurídicos específicos correspondientes para la importación de mercancías provenientes de países con los que no se tengan tratados de libre comercio en vigor. 

Según se informó, esta cláusula permite cierta flexibilidad para casos en donde la producción nacional sea insuficiente o donde los aranceles puedan encarecer excesivamente insumos necesarios para cadenas productivas estratégicas.

¿Cómo queda cada gravamen?

  • Juguetes y artículos escolares: arancel del 30%. 
  • Belleza y moda: gravamen de 25%
  • Artículos de limpieza y calzado: tasa máxima del 35%. 
  • Sector automotriz: a componentes específicos tasa de 25%.específicos,
  • Empaques metálicos y alambre: tasa máxima de 35%. 
  • Accesorios para tendidos aéreos eléctricos: tasa de 10%.

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