Corte da paso a Ríos González para debate de prisión preventiva
La decisión se tomó al avalar un proyecto del ministro presidente cuando Ríos era consejera jurídica del Ejecutivo federal
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Febrero
2026
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió por unanimidad y sin discusión, que la ministra María Estela Ríos González sí puede fungir como ponente y participar discusión de prisión preventiva oficiosa.
Ese debate está relacionado con la resolución del expediente 3/2023, con el que el Poder Judicial de la Federación definirá la forma en que acatará la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que advierte dejar de aplicar la prisión automática y el arraigo.
La decisión se tomó al avalar un proyecto del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, quien sostuvo que la firma de un comunicado en 2022, cuando Ríos era consejera jurídica del Ejecutivo federal, no la coloca en un supuesto de impedimento.
Pleno descarta falta de imparcialidad
El pleno coincidió en que ese pronunciamiento se emitió como parte de las atribuciones del cargo y no a título personal, por lo que no compromete su imparcialidad.
La recusación fue promovida en octubre del año pasado por Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz, quienes buscaron impedir que la ministra elaborara el proyecto y participara en la resolución del expediente 3/2023, derivado del fallo interamericano identificado como caso García Rodríguez y otro vs. México.
Los promoventes, que permanecieron 17 años bajo prisión preventiva oficiosa, argumentaron que el 24 de agosto de 2022 Ríos firmó, junto con el entonces secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, un comunicado en el que se pidió a la Corte mantener esa figura cautelar al analizar el amparo en revisión 355/2021 y la acción de inconstitucionalidad 130/2019, lo que a su juicio evidenciaba una postura anticipada.
Sostubo que correspondía al ejercicio de sus funciones
En el expediente, Ríos González sostuvo que el posicionamiento de 2022 correspondía al ejercicio de sus funciones como consejera jurídica y no reflejaba una opinión personal. Añadió que aquellos asuntos versaban sobre facultades legislativas e improcedencia, no sobre la convencionalidad de la prisión preventiva, y subrayó que el pronunciamiento ocurrió antes de su llegada a la Corte, así como antes del fallo interamericano y de la apertura del propio expediente 3/2023, por lo que no podía sostenerse la existencia de un criterio previo.
Aguilar Ortiz respaldó ese razonamiento y afirmó que no puede configurarse un prejuzgamiento sobre un tema que, en ese momento, ni siquiera existía en los términos actuales.
Para sostenerlo, recordó la secuencia de fechas: el comunicado se emitió el 24 de agosto de 2022, la sentencia internacional se dictó el 25 de enero de 2023 y el expediente de recepción de sentencia quedó radicado hasta el 26 de abril de 2023. Con ese criterio, la Corte concluyó que la ministra no está impedida y podrá intervenir en el debate y resolución del expediente 3/2023.
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